sábado, 21 de enero de 2012

CASO GARZÓN: NADIE DEBE SER JUZGADO POR INVESTIGAR VIOLACIONES DE DERECHOS HUMANOS


 

 

 

Salgo de mi letargo porque ya está bien de estar aletargada, cuando están pasando tantas cosas a mi alrededor.  He decidido sacar mis garras de osa polar. Os dejo la foto de las tumbas de mi bisabuelo, abuelo y tío abuelo vilmente asesinados en octubre del 37 por las tropas franquistas. Nunca se hallaron sus cadáveres. Estas cruces son destruidas una y otra vez,  cuando al hijo de mi tío abuelo le apetece ponerlas en la cuneta donde algunos dijeron que tiraron sus cuerpos. Os dejo aquí lo último publicado por la Asociación para la Recuperación de la Memoria Histórica. A mis familiares no se les conocía afiliación a ningún partido político, ni simpatía por ninguno.  

CASO GARZÓN: NADIE DEBE SER JUZGADO POR INVESTIGAR VIOLACIONES DE DERECHOS HUMANOS

Madrid.- El próximo 24 de enero comienza en el Tribunal Supremo el proceso judicial contra el juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón, en el que se persigue penalmente al magistrado, actualmente suspendido, por haber iniciado una investigación sobre violaciones a derechos humanos cometidas durante la guerra civil y el franquismo.

Amnistía Internacional considera escandaloso que un magistrado sea juzgado por buscar la justicia, la verdad y la reparación para las víctimas y los familiares de una violación masiva de derechos humanos. La investigación de los abusos contra los derechos humanos es una obligación de derecho internacional para el Estado español, incluyendo el Poder Judicial en su conjunto.

Al juez de la Audiencia Nacional se le acusa de un presunto delito de prevaricación por haber abierto una causa en la Audiencia Nacional para investigar la desaparición forzada de 114.266 personas entre el 17 de julio de 1936 y diciembre de 1951. A Garzón se le acusa, entre otras cuestiones, de no aplicar a sabiendas  la Ley de Amnistía de 1977 en la instrucción del caso.

Amnistía Internacional considera irrelevante que la investigación del juez Garzón infringiera o no la legislación nacional española, ya que es justamente la Ley de Amnistía de 1977 la que impide iniciar procesamientos por delitos de derecho internacional, la que supone un incumplimiento de las obligaciones contraídas por España en virtud del derecho internacional. Para la organización, jamás puede considerarse como delito la investigación de violaciones de derechos humanos, aún si para ello es necesario dejar de lado una ley de amnistía u otras normas relativas a la prescripción de los delitos.

Además, es profundamente preocupante la dilación que ha sufrido la investigación de los crímenes de desaparición forzada durante la guerra civil y el franquismo. Una de las investigaciones de Amnistía Internacional actualmente en curso, cuyas conclusiones definitivas se harán públicas este año, parece evidenciar que al menos cuatro procesos de investigación de dichos crímenes se han visto postergados y su avance ha sido condicionado a la decisión final por parte del Tribunal Supremo en la causa contra Garzón.
Tal investigación parece demostrar asimismo que los criterios utilizados para fundamentar los cargos contra el juez han sido esgrimidos por juzgados territoriales que investigaban los crímenes cometidos durante el franquismo para archivar masivamente los procedimientos. La organización considera que este hecho está afectando de manera grave los derechos de las víctimas y sus familias. 

Por otra parte, Amnistía Internacional urge a las autoridades españolas a que centren sus esfuerzos en revelar la verdad de los millares de desapariciones forzadas, ejecuciones extrajudiciales y actos de tortura cometidos durante el franquismo y en proporcionar reparación plena a las víctimas y a sus familias..

En consecuencia, Amnistía Internacional insta al Tribunal Supremo a que se pronuncie en línea con las obligaciones de derecho internacional que pesan sobre España, aplicando los tratados internacionales suscritos por este país que prohíben la aplicación de la amnistía o la prescripción a los delitos de derecho internacional, entre los que figura la desaparición forzada de personas.

4 comentarios:

  1. la causa que he leído tenía que ver con el caso ese de valencia...se me habían olvidado estos otros o, al menos, no han salido mientras veo la poca tele que veo...el caso es que ayer, cuando abría el periódico y le dedicaba una lectura al juez garzón por el caso gurtel..., lo cerré de asco...
    recuerdo haber leído un libro del mismo garzón, recuerdo haberme dicho que mejor no haberlo leído, pues me dejó la impresión...bueno, no me dejó buena impresión...aún así ha sido el único que tratado temas, creo que importantes y considerados tabúes...sabes, marcita, a garzón ya se lo han cargado, para mal creo yo...son los poderes fácticos y no tan fácticos, pero sí que están en la sombra...
    medio beso, marcita.

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  2. El juez Garzón tiene dos pares de huevos (los mismos que les faltan a los que quieren condenarle).

    Un crimen no prescribe NUNCA (otra cosa es que a los que tienen que menear el culo les pille ahora tomando el solecito en su terraza. ¡Qué vergüenza!

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  3. Creo que el artículo que aquí reproduces pone luz sobre un punto que he escuchado esgrimir en contra del accionar de Garzón: los compromisos internacionales sobre la no prescripción de los delitos de lesa humanidad están por encima de cualquier posible amnistía que se hubiese declarado. Creo que ese argumento le da la razón al juez y desestima la acusación que le han endilgado los que no quieren que se investigue.

    Un abrazo.

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  4. Excelente publicación, muy buenas tus argumentaciones.

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